
Se basa en la vigencia de las Leyes de Higiene y Seguridad (Ley 19.587) y las mas reciente Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557).
La misma se cumplimenta e implementa mediante 2 modalidades posibles y legalmente establecidas :
- un Servicio Externo con presencia Interna a través del Médico del Trabajo.
- un Servicio Interno de Medicina del Trabajo en relación directa con AMIC.
Este accionar logra conservar y preservar la maquinaria más importante de la Empresa muchas veces no reemplazable “El Trabajador” mediante un plan de trabajo continuo y progresivo.
Por otra parte con el accionar adecuado y dirigido se logra neutralizar todo planteo Legal que se tienda dirigir contra la figura de La Empresa que no solo cumple con la Ley sino que además evidencia acciones tangibles y demostrables de Salud hacia sus trabajadores y hacia el medio.

Medicina laboral
Obligatorios